La descarga de música no es delito, según el Tribunal Supremo de EE UU

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El máximo organismo judicial estadounidense se niega a admitir a trámite la apelación de la ASCAP, la asociación de defensa de los derechos de autor del país que agrupa al 45% de los compositores del país y que reclamaba una compensación extra del 2,5% a los grandes portales de internet por las descargas.
Sólo existe violación de los derechos de copyright cuando la música se interpreta o se emite públicamente, no cuando de manera electrónica –o por cualquier otro medio– se transmite a un potencial oyente”. Basándose en este veredicto emitido el pasado miércoles por la corte de apelaciones de Nueva York, el Tribunal Supremo de Estados Unidos se ha negado a admitir a trámite la apelación de la mayor asociación de autores del país, que reclamaba una compensación extra del 2,5% por cada canción bajada por los usuarios de portales como Yahoo! o RealNetworks.

El máximo organismo judicial estadounidense considera que la descarga en sí no constituye una violación de los derechos de copyright ya que no considera que constituyan una “reproducción pública de la canción”.
Los jueces del Tribunal Supremo estiman que, según la sección 101 de la legislación de los derechos de autor, solo sería justa una ampliación de los ‘royalties’ en el caso de que las composiciones "se emitieran, bailaran o interpretasen publicamente" y convienen que una descarga "no es ninguna de esas tres cosas".

La American Society of Composers, Authors and Publishers (ASCAP), la mayor asociación de gestión de derechos de autor del país, que agrupa a más de 390.000 profesionales de la industria musical, asegura que la decisión judicial tendrá “profundas consecuencias” para el sector ya que le costará a sus miembros “decenas de millones de dólares en ‘royalties’ cada año”.

La ASCAP es la encargada de recaudar el canon de casi el 50% de la música que se emite a través de internet, según recogen los documentos del caso.

Sin embargo, el fiscal general Donald Verrilli ha asegurado que no existe motive para debatir la demanda en el Tribunal Supremo y asegura que el veredicto de la Corte de Apelaciones es “correcto y se enmarca dentro de los límites del sentido común”

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